Según la ley numero 7935 el articulo 1 debemos :
Garantizar a las los adultos mayores una igualdad de oportunidades , procurar que que se mantengan activos, procurar de que las personas adultas permanenescan con sus familias ya que aquí estarán en mayor confianza.
Impulsar la atención d las personas adultas mayores por medio de las entidades publicas y privadas.
Garantizar la protección de las personas adultas mayores.
Según el artículo dos:
Se puede decir que a partir de los sesenta y cinco años una son adultos mayores.
Atención Integral: es la satisfacción de las necesidades físicas, biológicas , emocionales, sociales, laborales productivas y espirituales.
Ayudas técnicas : se refiere a los elementos que necesitan las personas con discapacidad para poder desenvolverse plenamente en su entorno.
Calidad de servicio: Se encargan de de satisfacer tanto las necesidades como las demandas actuales .
Hogar privado sustituto: Se refiere a los hogares donde permanecen los adultos ya sea gratuitamente o dando algún aporte.
Programas para las personas adultas mayores: son los servicios brindados a los adultos mayores como la atención integral , rehabilitación física, mental o social y de asistencia en general, para las personas adultas mayores.
Riesgo Social: Se refiere a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las personas mayores.
Seguridad Social: Son todas aquellas prestaciones sanitarias sociales que se brindan a una persona para que puedan accesar a diferentes lugares y de esta manera poder así desenvolverse.
c)No pueden ser explotados fisica,mental ni economicamente.
Articulo 66: Los centros de atencion a personas adultas mayores donde se cometa una agresion porsentencia judicial sera responsable de la reparacion civil.
Seguridad Social: Son todas aquellas prestaciones sanitarias sociales que se brindan a una persona para que puedan accesar a diferentes lugares y de esta manera poder así desenvolverse.
Todas las instituciones del sector publico deberán incluir en sus planes, programas y servicios, la condición de demandas y derechos de las personas adultas.
Derechos.
Toda persona adulto mayor tiene derecho a una mejor calidad de vida teniendo acceso a la educacion en cualquiera de sus niveles, participar en actividades recreativas,a un lugar digno o a un lugar sustituto si su riesgo social se ve afectado,a un crédito en cualquier entidad financiera,a la atencion hospitalaria a la pension,a la asistencia social,tienen derecho a ejercer su voto,a la union con otros miembros del grupo etario.
Segun el articulo 4 los adultos mayores disfrutan de los siguientes derechos laborales:
a)Ser seleccionados para ocupar cualquier puesto laborar,no pueden ser discriminados por su edad.
b)Contar con los planes vacacionales acorde a sus nesecidades.
c)No pueden ser explotados fisica,mental ni economicamente.
Segun el articulo 5 la persona que resida en un lugar o centro diurno tiene los siguientes derechos:
a)relacionarse con sus familiares o con los que quiera compartir.
b)recibir informacion de los servicios que presta el establecimiento.
c)Saber su condicion de salud y participacion del tratamiento que requiere.
d)Negar a recibir tratamiento medico experimental.
e)A no ser removido del establecimiento sin haber sido notificado en un lapso de 30 dias.
f)A no ser aislado a menos por ser causa terapeutica,pero esta debe ser valorada todos los dias.
g)Tiene derecho a escojer a la persona que va a administrar sus finanzas y si su permanencia es total debera dar un 90% de su pension.
h)Constar de su privacidad durante las visitas de su conyugue,si los dos permanesen en un hogar se les debe dar una habitacion en comun.
i)Puede dar paseos dentro y fuera del hogar.
Segun el articulo 6 a los adultos mayores se les debe respetar la integridad fisica,psiquica y moral,su dignidad y valores.
Segun el articulo 7 esta prohibido publicar o exponer alguna fotografia o imagen donde aparezca algun adulto mayor donde se vea afectado su moral o sus buenas costumbres.
Capitulo 2.
Articulo 8 y 11: toda persona que presente su cedula, pasaporte o cedula de residencia podra gozar de todos los beneficios ya nombrados.
Articulo 9: los derechos y beneficios de los adultos mayores no pueden ser traspasados a otras personas.
Deberes de la sociedad.
Articulo 12: el estado debe garantizar las condiciones optimas de nutricion, vivienda,desarrollo integral a las personas adultas mayores y a la ves dar una buena preparacion para su jubilacion.
Articulo 13: toda institucion publica y privada debe contar con una infraestructura adecuada para que los adultos mayores puedan desembolverse en ellas.
Articulo 14: las instituciones publicas y privadas deben brindar informacion y acsesorar a las personas mayores tanto sobre las garantias consagradas como los derechos estatuidos.
Articulo 15: las organisaciones deben desarrollar programas en donde permanescan las personas adultas mayores en la familia y la comunidad.
Articulo 16: en la medida posible las personas mayores deben permaneser integradas a su nucleo familiar y a su comunidad.
Articulo 17: el estado debe brindar servicios en favor de las poersonas adultas mayores.
Articulo 19: acceso a la educacion ,el estdo estimulara la participacion de los adultos mayores en programas de educacion y fomentar a la creacion de cursos libres.
Articulo 20: el estadoimpulsara el posgrado y el pregrado en gereatria y gerontologia.
Articulo 21: en la educacion el estado insentivara la incorporacion de contenidos sobre el proceso del embejecimiento.
Articulo 22: por medio del ministerio de cultura,juventud y deportes se crearan programas para estimular las capacidades intelectuales,fisicas y culturales.
Articulo 23: las universidades permitiran el acceso a sus carreras a las personas adultas mayores .
Articulo 24: Las universidades deberan informar sobre las accesibilidades de ingreso para las personas adultas mayores.
Articulo 25: El instituto nacional de aprenzaje y los demas centros publicos deberan dar igualdad de oportunidades en el acceso a los servicios brindados por ellos.
Articulo 26: El ministerio de vivienda debera incluir en los bonos de vivienda a los adultos mayores que lo necesiten.
Capitulo III:
Articulo 63: El organo competente podra imponer las siguientes sanciones administrativas:
a) Amonestacion por escrito cuando se detecten irregularidades que no haigan causado algun daño a una persona .
b) suspencion de apoyo financiero y tecnico hasta de un año por incumplimiento de los deberes de mantener al personal capacitado , higiene o por dañar su salud fisica o psicologica .
Articulo 64: Segun este articulo sera considerado falta grave y de despido ignorar alguna irregularidad.
Articulo 65: La sentencia condenada recaida , por cualquier tipo de agresion fisica cuya victima haya sido una persona adulta mayor se consideraran tambien causales de indignidad para heredar o recibir algun bien de quien haya sido la victima, por un periodo equivalente a cuatro veces el monto de la pena impuesta, sin perjuicio de perdon que pueda otorgar la victima.